Confinamiento por el Covid-19: ¿Qué hacer ante molestias por ruidos de los vecinos?

La prolongación del confinamiento domiciliario por el Covid-19 puede generar tensiones entre vecinos.

De prácticamente solo dormir en casa a pasar las 24 horas del día en ella. Este es el nuevo escenario originado por la crisis del Covid-19 y en el que se encuentran inmersos ahora la mayoría de ciudadanos españoles, por lo que surgen nuevos conflictos en el seno de una comunidad de vecinos. Mientras uno duerme, el otro ve la televisión, mientras uno teletrabaja, el otro monta una fiesta infantil para entretener a los más pequeños, pero siempre hay que intentar no molestar a los vecinos.

DAS Seguros recuerda que en cada municipio existe una Ordenanza Municipal que regula el ruido, estableciendo unos límites de horario para el mismo. Aunque esa normativa cambia en cada localidad, lo habitual es que se suela establecer que desde las 00:00 hasta las 08:00 horas o desde las 23:00 horas hasta las 07:00 horas del día siguiente. Lo normal es que durante el día las actividades que se realizan en el domicilio no superen los 35 decibelios y que por la noche el nivel de ruido se mantenga entre 25 y 30 decibelios.

En este sentido, cabe mencionar la ley de propiedad horizontal, que en su artículo 7 prohíbe a los ocupantes de los inmuebles realizar actividades prohibidas en los estatutos «o que resulten dañosas, molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas».

En el caso de que exista un problema con las actividades de los vecinos, lo mejor es buscar una solución por la vía pacífica, ya sea en solitario o con la ayuda del presidente de la comunidad. Ahora bien, hay que tener en cuenta que la mediación de conflictos es voluntaria y, si el vecino que molesta no está dispuesto a dejar de incordiar, lo más probable es que no se presente al acto de conciliación. Ante la eventual negativa del vecino problemático, se puede recurrir a una sanción por parte de todo el vecindario.

Por último, si se elige la vía judicial, hay que saber que el Tribunal Constitucional ha manifestado que los ruidos molestos afectan directamente al derecho fundamental a la integridad física y moral y también a la intimidad. Esto implica que, si el vecino no deja molestar, existe el derecho a acudir a los tribunales para que sean ellos los que pongan solución al problema.

Se puede optar por presentar una demanda ante un juzgado civil o un juzgado contencioso administrativo, cuando sea posible, a fin de exigir que el vecino cumpla la normativa y deje de molestar con sus ruidos. Para ello habrá que contar con abogado y procurador. Para que la denuncia tenga mayores posibilidades de éxito será preciso que se aporten pruebas de la actividad molesta, como testigos e incluso informes elaborados por la Policía.

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