Pautas para las comunidades de propietarios:
- Mantener una distancia de contacto de al menos 1 metro entre las personas que transitan en las zonas comunes de las comunidades de propietarios, principalmente portal y escaleras. Medida de seguridad que también deben seguir los empleados de la finca (porteros, conserjes, limpiadores, vigilantes…), dado su papel fundamental para el buen funcionamiento de las comunidades.
- Extremar la limpieza diaria con geles desinfectantes, lejía u otros materiales no abrasivos en las zonas más sensibles, como son la puerta de acceso al portal, las botoneras de las cabinas de los ascensores, portero o video porteros automáticos, o los pasamanos de las escaleras, utilizando guantes y mascarillas.
- Clausurar las áreas o espacios comunes, zonas ajardinadas, infantiles, zonas exteriores de recreo, salas y en general cualquier otro espacio compartido que no sea necesario para la habitabilidad y seguridad del edificio. Solo se permite el acceso al personal encargado del mantenimiento y limpieza de estas zonas.
- Utilizar el ascensor de manera individual para evitar contactos con otros vecinos. Pulsar el botón de destino con el dedo protegido.
- Recomendar al portero que, al igual que el resto de los residentes en la finca, se mantenga el mayor tiempo posible en la vivienda-portería junto con sus familiares. Debe utilizar las primeras horas del día, con menor trasiego de personas, para realizar las labores cotidianas, saliendo a dar una ronda de control y vigilancia cada cierto tiempo. Fuera del horario de las funciones básicas, se aconseja que únicamente atiendan los asuntos de carácter urgente contando con las precauciones posibles.
- Respecto a los conserjes, se aconsejaque también efectúen las labores de limpieza y cotidianas en las primeras horas del día y permanezcan el resto del tiempo dentro de las conserjerías. Las comunidades podrán valorar la reducción de su horario de trabajo a las labores estrictamente necesarias y a la organización de la recogida domiciliaria de basuras.
- Las obras en curso, tanto privadas como en zonas o elementos comunes, seguirán con su ejecución hasta la recepción de una instrucción concreta por parte de la autoridad administrativa correspondiente. Si bien muchas de ellas se verán afectadas dada la falta de suministros por cierre de los almacenes.
- La recogida domiciliaria de basuras seguirá con los días y horarios establecidos hasta recibir otras instrucciones por parte de las autoridades municipales competentes, solicitando el máximo respeto y cumplimiento de las normas de cada edificio.
Recordar asimismo que a este respecto el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico ha comunicado una serie de recomendaciones sobre la gestión de residuos domésticos procedentes de hogares con personas aisladas o en cuarentena por COVID -19. Por un lado, el material desechable utilizado por la persona enferma y sus cuidadores (guantes, pañuelos, mascarillas), el equipo de protección individual (EPI) del personal sanitario (excepto gafas y mascarilla) y cualquier otro residuo del paciente se ha de eliminar en el cubo de basura dispuesto en la habitación.
Por otro, la mascarilla y gafas se deben retirar fuera de la estancia del paciente en otra bolsa distinta. Estas dos bolsas, cerradas herméticamente, deberán introducirse en la bolsa destinada a contener los residuos de origen doméstico, también sellada de manera hermética, para posteriormente ser depositada en el contenedor destinado exclusivamente a este fin. Está terminantemente prohibido depositarla en los contenedores de recogida separada (orgánica, envases, papel, vidrio o textil) o abandonarla en el entorno.
- En cuanto a la paquetería, solicitar a los vecinos que reduzcan al mínimo imprescindible y necesario los pedidos que requieran envíos domiciliarios.
- Colocar en el tablón de anuncios o en un lugar visible, además de las recomendaciones sanitarias, un cartel informativo con estas medidas preventivas para que todos los residentes, clientes de negocios o turistas de viviendas de uso turístico tengan conocimiento de las mismas.
- Suspender la celebración de juntas generales de propietarios, tanto ordinarias como extraordinarias, como reuniones de los órganos de gobierno no necesarias.
- El Real Decreto establece la suspensión de plazos procesales, administrativos, de prescripción y caducidad.
- También, se aconseja que los servicios de administración continúen prestándose a través de servicios remotos.
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